Libertad condicional para Luis Bárcenas tras cumplir dos tercios de su condena
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido la libertad condicional al extesorero del PP, Luis Bárcenas, quien fue condenado en el caso Gürtel. Esta decisión se ha tomado después de que Bárcenas haya cumplido las dos terceras partes de su condena, haya pagado la responsabilidad civil en su totalidad, haya mostrado arrepentimiento y se haya sometido a programas resocializadores y reeducativos para internos sentenciados por delitos económicos.
El fallo judicial
El juez José Luis Castro, en un auto al que ha tenido acceso El Debate, explica que la Junta de Tratamiento del CIS Victoria Kent propuso la concesión de la libertad condicional a Luis Bárcenas. La Fiscalía no se opuso, ya que el 20 de septiembre pasado cumplió las dos terceras partes de la pena, y se cumplían los requisitos objetivos y subjetivos necesarios para acceder al último grado de cumplimiento de la condena.
Condiciones y circunstancias del penado
El magistrado considera que la propuesta cumple con los requisitos exigidos por la ley, ya que se dan las circunstancias óptimas en el interno. Entre ellas se incluye haber pagado la totalidad de la responsabilidad civil impuesta, que ascendió a 4.535.254,92 euros. Además, Bárcenas alcanzará las tres cuartas partes de la pena impuesta en septiembre del próximo año y la dejará extinguida probablemente en septiembre de 2028.
El auto también resalta el arrepentimiento del penado, su reconocimiento de los hechos, la asunción de las consecuencias de sus actos y la ausencia de trastornos psicopatológicos. Bárcenas también ha demostrado una alta tolerancia a la frustración durante su tiempo en prisión.
Programas de resocialización y reinserción
El equipo evaluador valora positivamente que Bárcenas haya participado en el programa PIDECO, diseñado específicamente para internos condenados por delitos económicos. En este programa, Bárcenas ha mostrado motivación para el cambio, ha participado activamente en las sesiones, y ha sido solidario con sus compañeros.
Elementos negativos a la libertad condicional
El juez también menciona ciertos elementos negativos para la concesión de la libertad condicional, tales como:
- La reiteración delictiva.
- La gravedad de los delitos.
- La alarma social provocada por sus crímenes.
- El tiempo de condena pendiente de cumplimiento.
Sin embargo, el magistrado considera que la gravedad de los delitos fue tenida en cuenta por el tribunal que sentenció a Bárcenas, y que su evolución es favorable.
El pronóstico favorable de reinserción
El juez también destaca que, a pesar de la reiteración delictiva y la gravedad de los hechos, la probabilidad de reincidencia es baja, dada la antigüedad de los hechos. Además, resalta que la alarma social ha disminuido significativamente debido al tiempo transcurrido y al pronóstico favorable de reinserción de Bárcenas.
Condiciones para la libertad condicional
El auto también establece que, al ser un penado condenado por el Código Penal anterior a la reforma (LO 1/2015), Bárcenas se beneficiará del régimen de libertad condicional más favorable. A pesar de ello, el juez le impone reglas de conducta para garantizar su reintegración social:
- Fijar un domicilio y comunicar cualquier cambio.
- Presentarse ante los servicios sociales del CIS Victoria Kent.
- Informar sobre cualquier implicación en procesos penales o situaciones que pudieran afectar a su condena.
- Continuar con su actividad laboral y presentar documentación trimestral sobre su situación laboral.
Proceso de reinserción favorable
En resumen, el juez concluye que los factores de adaptación del penado son positivos, con una conducta normalizada durante toda su condena, el buen uso del régimen abierto, el cumplimiento de las responsabilidades civiles y el apoyo familiar. Estas circunstancias configuran un proceso de reinserción favorable y determinan que es el momento adecuado para conceder la libertad condicional.