El juez Escalonilla es el mismo que archivó el chat policial contra Carmena y ahora intenta inculpar a Podemos

El juez Escalonilla es el mismo que archivó el chat policial contra Carmena y ahora intenta inculpar a Podemos

En un auto emitido el día 30, el juez Juan José Escalonilla Morales, llama a declarar en noviembre como investigados a varios responsables del partido.

Es el mismo juez que no vio delito en el chat en el que un centenar de policías escribieron mensajes contra la entonces alcaldesa Manuela Carmena del tipo «lo que es terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros».

Cabe destacar que en determinados casos, se puede estar incurriendo en investigaciones prospectivas, es decir, «a ver lo que pillo», en la apertura de causas generales, una práctica que partidos como Vox han intentado impulsar en el pasado.

Pese a que este tipo de maniobras están prohibidas en cualquier Estado de derecho, en ocasiones es complicado determinar –y más complejo aún demostrar– que se ha cruzado la fina línea roja que separa una investigación judicial basada en hechos, de un ejercicio de persecución del adversario revestido de pesquisa judicial.

En palabras de la Fiscalía General del Estado, de acuerdo con una circular emitida en 2013:

“Quedan prohibidas las investigaciones generales sobre la conducta o actividades de una persona y las investigaciones prospectivas. No deben iniciarse unas diligencias de investigación sino en virtud de la noticia de la comisión de un hecho concreto que revista los caracteres de infracción penal”.

Es decir, que lo correcto es investigar indicios y hechos potencialmente delictivos, de cuyo esclarecimiento pueden derivarse consecuencias para sus autores.

Es lo mismo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 777:

“El Juez ordenará a la Policía Judicial o practicará por sí las diligencias necesarias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, las personas que en él hayan participado y el órgano competente para el enjuiciamiento”.

Investigación prospectiva

Fuentes de Unidas Podemos consultadas por el diario Público respecto de esta apertura de diligencias afirman que:

«El juez está haciendo una investigación prospectiva. Se trata de una forma de investigar prohibida y sancionada en los estados de derecho. Consiste en practicar diligencias dando por supuesta la culpabilidad de los investigados desde el inicio de la investigación».

La formación Podemos ha sido acusada en diversas ocasiones de delitos por los que la Justicia no ha podido condenar, pero que sin embargo han levantado grandes torbellinos mediáticos.

Desde 2015, la Justicia ha archivado hasta 14 querellas contra el partido y sus miembros.

Desde una acusación de blanqueo de capitales en la que se apuntó contra Pablo Iglesias, Íñigo Errejón y Luis Alegre a través de la Fundación CEPS, hasta supuestos delitos societarios de Juan Carlos Monedero, pasando por acusaciones de financiación ilegal con fondos procedentes de Venezuela. Todas ellas fueron archivadas.

El penúltimo episodio es el del robo del teléfono móvil de Dina Bousselham, cuyo contenido íntegro fue hallado en el domicilio del comisario encarcelado José Manuel Villarejo y utilizado para la publicación de ‘exclusivas’ por varios medios a las puertas de las elecciones de 2015 y de 2016.

Sin embargo, en las últimas semanas el foco ha dejado de ponerse en el robo para centrarlo en el propio Pablo Iglesias, hoy vicepresidente del Gobierno, a quien el juez que instruye el caso retiró la condición de perjudicado.

Escalonilla archivó el chat policial contra Carmena

El juez Escalonilla Morales, el magistrado que ahora abre diligencias contra Podemos, archivó en 2018 la causa abierta por el chat policial contra la entonces alcaldesa de Madrid Manuela Carmena.

En aquellas conversaciones se llamaba a la alcaldesa madrileña «vejestorio despreciable» y se decía que «lo que es terrible es que ella no estuviera en el despacho de Atocha cuando mataron a sus compañeros», entre otros mensajes en los que, según la denuncia, también se alababa a Hitler y el nazismo y se vejaba a los migrantes.

En dicho chat participaban un centenar de policías municipales, muchos de ellos en activo.

El magistrado concluyó «la inexistencia de indicios racionales de que los hechos objeto de denuncia sean constitutivos de un delito tipificado en el artículo 510.1 del Código Penal, ni de delitos de amenazas», por lo que acordó el sobreseimiento de la causa.

Toda la trama de la imputación a Podemos

 

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El juez Escalonilla «indaga a ver que pilla», para poder inculpar a Podemos