Nuevo revés a Glovo: pierde ante la Justicia en Gipuzkoa
Un juzgado de lo social en Donostia ha declarado que los 168 repartidores de Glovo, presuntamente autónomos, mantenían una relación laboral con la empresa. La sentencia responde a una demanda interpuesta por la Seguridad Social tras las actas de liquidación levantadas por la Inspección de Trabajo de Gipuzkoa el 7 de abril de 2022. Entre octubre de 2018 y diciembre de 2020, Glovo no dio de alta ni cotizó por estos riders, lo que supuso un perjuicio de 410.587,71 euros.
La naturaleza laboral, clave en la sentencia
El juzgado, que emitió la resolución en euskera y castellano, concluyó que la relación entre Glovo y sus repartidores es de naturaleza laboral, rechazando la alegación de la empresa de que los vínculos eran de carácter mercantil. Según Glovo, los repartidores firmaron contratos como autónomos, escogían libremente los pedidos, horarios y podían rechazarlos sin penalización. Sin embargo, el tribunal determinó que esto no refleja la realidad de la relación.
El juez analizó la aplicación informática de Glovo y destacó que no se trata de un simple instrumento de coordinación, sino de una herramienta que organiza y controla encubiertamente la actividad de los repartidores.
Sistema de control y falta de autonomía
La sentencia subraya que la aplicación informática de Glovo implementa un sistema de valoración unilateral que penaliza a los repartidores si no cumplen con los estándares establecidos. Además, exige que los trabajadores informen de su ubicación en todo momento y no les permite establecer el precio de los servicios, un elemento esencial en la actividad autónoma.
Por tanto, el juzgado concluye que no hay igualdad de condiciones entre Glovo y los repartidores, refutando el argumento mercantil. Según el juez, Glovo «organiza, dirige y controla» el trabajo a través de su tecnología.
Cumplimiento del Estatuto de los Trabajadores
El titular del juzgado número 4 de Donostia señala que esta relación encaja en los criterios del artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores. Es decir, los repartidores prestan voluntariamente sus servicios de forma remunerada, dentro del ámbito de organización y dirección de la empresa.
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