El Supremo levanta las cautelares y da la autorización definitiva para exhumar a Franco

El Supremo levanta las cautelares y da la autorización definitiva para exhumar a Franco

El Tribunal Supremo ha despejado el último obstáculo legal que impedía exhumar del Valle de los Caídos a Franco, al levantar la suspensión cautelar que pesaba sobre tres recursos que todavía siguen en el tribunal, los de la comunidad benedictina del Valle, la Fundación Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos, de modo que autoriza al Gobierno a entrar en la basílica para ejecutar la exhumación.

En tres autos, la Sección Cuarta de lo Contencioso levanta las medidas cautelares que el propio tribunal estableció en junio, como pedían los tres recursos presentados contra el acuerdo del Gobierno para sacar al dictador de la basílica de Cuelgamuros.

La Sala argumenta su decisión en que la medida debe levantarse tras la resolución del recurso de la familia de Francisco Franco, ya que «una vez resuelto el primero de los recursos se han alterado los presupuestos» sobre los que se acordó la suspensión, por lo que una vez «atendidos los intereses en conflicto» han de prevalecer «los intereses generales».

La sentencia es «título legítimo suficiente»

La Sección Cuarta de la Sala III ha dictado una providencia en la que responde a la petición de la Abogacía del Estado de autorización a acceder ya a la Basílica del Valle de los Caídos para proceder a la exhumación de los restos del dictador, ante la negativa del prior de la abadía a autorizar la entrada a la basílica.

El Supremo explica que la sentencia que avala la exhumación de Franco es «titulo legítimo bastante» para acceder a la basílica del Valle de los Caídos y proceder así a sacar los restos del dictador, de manera que ahora el foco se pone en el Constitucional, al que recurrirán la familia Franco y la Asociación del Valle de los Caídos.

Los magistrados recuerdan, además, que el artículo 118 de la Constitución obliga a todos a cumplir las sentencias firmes.

Queda solventado de forma definitiva el expediente judicial, que será entonces remitido al Consejo de Ministros permitiendo que pueda ejecutar su decisión y sacar del Valle los restos del dictador.

Por otro lado, la Sección ha dictado otra providencia en la que deniega la petición de personarse en el Supremo de un particular que tiene presentado un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Madrid, contra la licencia de obras del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial para la exhumación.

El particular pretendía su personación como parte interesada en el recurso de la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos, pero la Sala desestima su pretensión y recuerda que es la Sala III del Supremo el único órgano jurisdiccional competente para enjuiciar la legalidad de los actos y disposiciones del Consejo de Ministros, así como las incidencias acaecidas en su ejecución.

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