El Supremo da la razón a los riders de Glovo y los considera falsos autónomos

El Supremo da la razón a los riders de Glovo y los considera falsos autónomos

El Tribunal Supremo ha dado la razón a los «riders» y ha confirmado la existencia de una relación laboral de estos trabajadores con Glovo, como ya sentenció el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Según informó el Tribunal Supremo en una nota, se ha estimado el argumento de los trabajadores según el cual «concurren las notas definitorias del contrato de trabajo» y en particular la relación de «dependencia» entre las dos partes.

En este sentido, determina que Glovo «no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores» y que es una empresa que presta servicios de mensajería fijando unas «condiciones esenciales para la actividad».

Asimismo, el Supremo señala que la empresa se nutre de repartidores que no disponen de una organización empresarial «propia y autónoma» y que prestan sus servicios en el marco de la organización establecida en la empresa.

El Supremo da la razón a los riders de Glovo y los considera falsos autónomos