El Constitucional rechaza el recurso sobre el voto de la ley de nietos

El Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo sobre el voto de los nacionalizados por la ley de nietos

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el derecho al voto de los ciudadanos nacionalizados mediante la denominada ley de nietos. La corte considera que el recurso se ha presentado de forma prematura, ya que el procedimiento judicial todavía continúa abierto en el Alto Tribunal.

Según han informado fuentes jurídicas a EFE, la decisión se ha adoptado por una amplia mayoría de diez votos frente a dos. Los magistrados Ramón Sáez y Juan Carlos Campo han votado a favor de admitir el recurso y han anunciado que presentarán votos particulares contra la resolución.

La decisión evidencia una división dentro del bloque progresista del Constitucional, una discrepancia que no resulta habitual en los últimos tiempos.

El Constitucional considera prematuro el recurso del Defensor del Pueblo

La mayoría del tribunal ha respaldado el criterio del magistrado ponente, Enrique Arnaldo, que sostiene que no es posible acudir al Constitucional mediante un recurso de amparo mientras no se haya agotado la vía judicial ordinaria.

El argumento se basa en que el Tribunal Supremo todavía no ha concluido su actuación sobre la suspensión cautelar del derecho al voto. El Alto Tribunal concedió a los afectados un plazo para personarse en el procedimiento y presentar alegaciones, un trámite que, según la información facilitada, finaliza este jueves.

Por este motivo, el Constitucional entiende que todavía no existe una resolución firme y definitiva que permita activar el recurso de amparo.

La inadmisión también deja sin recorrido la medida cautelarísima solicitada por el Defensor del Pueblo, que pretendía suspender de manera urgente la decisión del Supremo sin escuchar previamente a las partes. El objetivo era permitir que los ciudadanos afectados pudieran votar en las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre.

Dos magistrados anuncian votos particulares

La resolución se ha aprobado con diez votos en contra de la admisión y dos a favor, emitidos por Ramón Sáez y Juan Carlos Campo. Ambos magistrados han anunciado que formularán votos particulares para dejar constancia de su discrepancia con el criterio mayoritario.

El desacuerdo se produce en una cuestión relacionada con el derecho de participación política de los ciudadanos nacionalizados a través de la ley de nietos y con las condiciones procesales necesarias para recurrir ante el máximo órgano de garantías constitucionales.

Pese al rechazo del recurso, la decisión del Constitucional no supone el cierre definitivo del asunto, puesto que la controversia continúa pendiente de resolución en el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo mantiene abierto el procedimiento sobre el derecho al voto

El Alto Tribunal sigue examinando las consecuencias de la suspensión cautelar y ha dado un plazo de 24 horas para que las partes personadas presenten alegaciones sobre una decisión de la Junta Electoral Central (JEC).

El trámite se refiere a la actuación adoptada por la JEC el pasado 16 de octubre, cuando remitió documentación a las personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de cara a las elecciones del 29 de noviembre.

Según la información publicada por EFE, el plazo concedido por el Supremo concluía a las 15:00 horas de este miércoles, antes de que finalizara el período establecido para que los afectados pudieran comparecer y formular sus argumentos.

La Junta Electoral advierte de que no todos podrán votar el 29 de noviembre

La Junta Electoral Central tomó la decisión de remitir la documentación electoral con la advertencia de que no todos los ciudadanos inscritos podrán ejercer finalmente su derecho al voto, debido a la suspensión decretada por el Tribunal Supremo para los nacionalizados mediante la ley de nietos.

Esta situación mantiene abierta la incertidumbre sobre la participación electoral de las personas afectadas, mientras el Supremo continúa tramitando el procedimiento y analiza las alegaciones presentadas.

El desenlace dependerá de las decisiones que adopte el Alto Tribunal en los próximos pasos judiciales, ya que el Constitucional ha rechazado entrar a examinar el recurso en esta fase al considerar que todavía no se ha agotado la vía ordinaria.