Caso Bateragune cerrado: La Audiencia Nacional vulneró los derechos de Otegui

Caso Bateragune cerrado: La Audiencia Nacional vulneró los derechos de Otegui

Tarde, pero ha llegado. En 21 meses, la Segunda Sala del Tribunal Supremo ha confirmado el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el caso Bateragune en noviembre de 2018 y, como resultado, el Supremo mismo ha revocado las sanciones impuestas en 2012.

Los tres jueces de la Segunda Sala del Tribunal Supremo han dictaminado que las sentencias del tribunal de Estrasburgo son «vinculantes». La fiscalía ha aceptado este criterio y, además, como no se puede presentar ninguna apelación, el caso Bateragune se ha cerrado definitivamente.

En la práctica, la decisión de desestimar la demanda tiene un efecto limitado este verano de 2020.

De hecho, los cinco condenados cumplieron sus penas de prisión en 2012 y fueron condenados a 31 años de prisión:

Sonia Jacinto, Arkaitz Rodríguez y Miren Zabaleta, de seis años, y Otegi y Diazek, de casi seis años y medio cada uno.

También fueron condenados a entre ocho y diez años de prisión para desempeñar cargos públicos.

La prohibición para Otegi y Diazek terminaba en febrero de 2021, pero se levantará con el fallo de ayer.

Otegi habría tenido la oportunidad de postularse para el Parlamento vasco si Urkullu no hubiera fijado una fecha para el 12 de julio: se suponía que sería en la primavera, pero se pospuso debido a la pandemia.

Simbólicamente, sin embargo, es de gran importancia que la sentencia del Tribunal de Estrasburgo emitida el 6 de noviembre de 2018 haya sido confirmada por el Tribunal Supremo y, por lo tanto, haya aceptado que el jurado en el primer juicio en el caso Bateragune no fue imparcial.

Cabe señalar que en 2012 el Supremo falló casi por completo en la Audiencia Nacional y, por lo tanto, ahora ha tenido que retroceder.

El Tribunal de Estrasburgo llegó a la conclusión unánime de que el jurado era parcial y que se había violado el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

«No se puede cuestionar»

En vista del contenido de este fallo, los tres magistrados de la Segunda Sala del Supremo recordaron que, de acuerdo con el protocolo del tratado de derechos humanos vigente desde mayo de 2010, todas las resoluciones de la Corte de Derechos Humanos son «vinculantes» en el sistema legal español.

«No hay dudas al respecto, y la Segunda Sala del Tribunal Supremo lo ha confirmado en otras resoluciones».

De hecho, cuando llegó el fallo de Estrasburgo, muchas voces de derecha exigieron que no se cumpliera el fallo, pero los jueces dejaron claro, de acuerdo con el protocolo, que España se había comprometido a «someterse» a los fallos del tribunal de Estrasburgo.

Legalmente fue tan claro que tomó 21 meses porque la decisión de Estrasburgo no se cumplió automáticamente.

El fallo de ayer establece que el artículo 954 de la Ley de Procedimiento Penal español permite a la defensa solicitar una reconsideración del caso, si el Tribunal de Estrasburgo dictamina que se han violado los derechos fundamentales de los derechos humanos.

A pesar de cumplir con estos requisitos, la defensa ha tenido que dar todos los pasos.

Primero, aunque el fallo de Estrasburgo se publicó en noviembre de 2018, la resolución se finalizó el 6 de febrero de 2019.

Luego, en abril, la defensa solicitó permiso para para reconsiderar el caso. En septiembre, la fiscalía aprobó la solicitud y, a finales de octubre, el Supremo finalmente había dado su aprobación.

Entonces, un año después de la publicación del fallo, en noviembre del año pasado, la defensa presentó la petición.

La decisión final tardó otros ocho meses. Los magistrados se limitan a confirmar que la solicitud cumple con los requisitos de la ley y, como resultado, anula la decisión del Supremo de 2012. La fiscalía ha aceptado este criterio.

Una sección que ha durado más de una década se ha cerrado de esta manera.

Todo comenzó la noche del 13 de octubre de 2009, cuando el juez Baltasar Garzón ordenó el arresto de diez personas de la izquierda nacionalista, incluidos Arnaldo Otegi, Rafa Diez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez.

Esta operación policial tuvo lugar en un momento muy decisivo, cuando estaba por comenzar el debate sobre el cambio de la estrategia política de la izquierda nacionalista.

Garzón acusó a los detenidos de reconstruir la Mesa Nacional y actuar a instancias de ETA, pero la operación fue vista como un intento de obstruir el proceso de poner fin a la estrategia político-militar en el País Vasco.

El camino al Supremo

El caso Bateragune salió a la calle cuando se trataba de condicionar políticamente a la izquierda nacionalista, y el 28 de octubre de 2011, ETA anunció una decisión histórica de poner fin a la violencia de una vez por todas.

En esos dos años, la demanda continuó y en junio de ese año, siete acusados ​​se sentaron en el banquillo. De hecho, en ese juicio, las declaraciones y actitudes expresadas por la miembro del jurado, Angela Murillo, fueron decisivas para el posterior fallo del caso en Estrasburgo.

Sin embargo, en ese momento, la Audiencia Nacional confirmó la tesis de Garzón y sentenció a Zabaleta, Jacinto, Rodríguez, Diez y Otegi a ocho y diez años de prisión. En el caso de los dos últimos, fueron acusados de ser líderes de ETA.

En mayo de 2012, el Supremo confirmó el fallo de la Audiencia Nacional casi en su totalidad, pero retiró el cargo de ser el líder de ETA contra Otegi y Diezi, acusándolos a todos de ser miembros de una «organización terrorista».

Todos fueron condenados a seis años y medio y cumplieron sus condenas completas.

Más tarde, el Tribunal Constitucional también confirmó el fallo. Agotada por el camino del sistema de justicia español, la defensa se volvió hacia Estrasburgo.

Una vez que se cierra esta sección, el epílogo permanece.

El año pasado, la Sala Tercera del Supremo estableció la jurisprudencia para garantizar que aquellos que han sido detenidos y posteriormente absueltos tengan derecho a una indemnización.

Anteriormente, la defensa explicó su intención de solicitar daños. Ahora que la decisión del Supremo es firme, queda por ver hacia dónde conducirá ese otro camino.

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