Texto definitivo que regula la Zona de Bajas Emisiones en Barcelona

Texto definitivo que regula la Zona de Bajas Emisiones en Barcelona

Durante el periodo de alegaciones el texto de la ordenanza ha recibido un total de 1.849 enmiendas, presentadas por 110 personas físicas y jurídicas. Como resultado, se han incorporado al texto articulado cuatro puntos que detallan y amplían algunos de los contenidos de la ordenanza.

Nueva moratoria para las personas vulnerables

Habrá una moratoria de un año para circular por la zona de bajas emisiones para las personas con unos ingresos individuales inferiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) más un 10%, unos 8.000 euros anuales, que acrediten que utilizan el vehículo como instrumento indispensable para desarrollar la actividad profesional.

Este colectivo deberá registrarse previamente y aportar la documentación necesaria en la web zbe.barcelona.

Multas, sanciones y criterio de reiteración para los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT

Los cinco municipios que engloba la zona de bajas emisiones, Barcelona, ​​Hospitalet de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Cornellà de Llobregat y Sant Adrià de Besòs, establecen sanciones comunes a los vehículos más contaminantes, los que no tienen la etiqueta ambiental de la DGT, que no son aptos para circular por la zona de bajas emisiones.

Las multas serán de 100 euros para las sanciones leves, 200 euros por las sanciones graves y 500 euros para las infracciones más graves.

Si un vehículo sancionado por circular por la zona de bajas emisiones continúa desplazándose pasados 90 minutos, podrá ser sancionado con una segunda multa.

Exenciones para los vehículos que realizan servicios singulares

Se establece una exención a los vehículos que prestan un servicio singular para que puedan circular por la zona de bajas emisiones. Habrá que pedir una autorización o un registro previo.

Estos vehículos son los vehículos blindados, las unidades móviles de radio y televisión, los vehículos taller o laboratorio, los vehículos adaptados para la venta o exposición de libros, los vehículos acondicionados para la venta de artículos, las grúas de arrastre o de elevación, los vehículos para ferias, las hormigoneras, los vehículos destinados al riego asfáltico y los vehículos de señalización del suelo.

Calendario final para la aprobación de la ordenanza

El texto definitivo se dictaminará la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad para que se vote definitivamente en el Pleno municipal del 20 de diciembre. Entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

¿Qué es la ZBE y por qué se aplica?

La zona de bajas emisiones es un área de 95 kilómetros cuadrados que comprende Barcelona y los municipios circundantes. Las restricciones de tráfico se aplicarán los días laborables, de las 7:00 a las 20:00 horas. Las vías rápidas, como las rondas o la C-31, quedan excluidas.

Los vehículos que no podrán circular son los que no tienen el distintivo ambiental de la DGT y que, por tanto, tienen un potencial contaminante excesivo.

De hecho, un turismo de gasolina de más de 20 años emite 58 veces más dióxido de nitrógeno (NO 2) que uno nuevo, y retirar de la circulación un vehículo diesel de más de 20 años equivale a retirar 35 vehículos modernos equivalentes.

Se prevé que la puesta en marcha de manera permanente de la zona de bajas emisiones evitará la circulación de 50.000 vehículos sin etiqueta al día.

Las emisiones de NO 2, un contaminante que proviene esencialmente del tráfico rodado, se reducirán en un 15%. Se estima que dentro de 4 años la medida habrá afectado 125.000 vehículos.


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