Todo lo que debes saber sobre los seguros obligatorios para perros en la nueva Ley de Bienestar Animal
El pasado 16 de marzo se aprobó la Ley de Bienestar Animal en el Congreso de los Diputados, aunque el texto que ha entrado en vigor sufre algunos cambios, debido a las negociaciones de los grupos políticos, respecto a la propuesta original.
En la práctica, y para los ciudadanos que convivan con perros en sus viviendas, que se haya aprobado esta legislación incluye algunos cambios, que entrarán en vigor muy pronto, en octubre, por lo que deben empezar a realizar algunos trámites que serán de obligado cumplimiento.
Seguro obligatorio
Uno de ellos es la contratación de un seguro de responsabilidad civil, un trámite que, hasta la entrada en vigor de la nueva ley, sólo era obligatorio para los propietarios de los perros peligrosos considerados. Después de su aprobación, lo será en todo el territorio nacional.
Así, hace obligatoria la contratación de este seguro, que debe cubrir cada año de vida de la mascota. Según la nueva legislación, la cobertura debe incluir a las personas responsables del animal «por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerán reglamentariamente».
Sanciones por incumplimiento
La contratación de este seguro, pues, será obligatoria para todos los tenedores de perros el 1 de octubre de 2023. Como toda ley, contempla sanciones para quienes la incumplan, aunque el reglamento aprobado contempla multas leves (entre 500 y 10.000 euros), aunque en primera instancia también podría limitarse a una advertencia.
Según datos de la Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC), en España hay censados unos 7,5 millones de perros, aunque la cifra real podría ser mayor, ya que muchos propietarios no los tienen debidamente identificados.
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Restricciones a la venta y crianza
Otra de los puntos que ha modificado la Ley de Bienestar Animal son la venta y la crianza. Con la aprobación de la ley, la venta de perros, gatos y hurones, sólo la pueden realizar criadores autorizados, sin la intervención de mediadores.
Así, la venta de animales de compañía queda regulada y sólo están autorizados a realizarla los criadores que tengan los permisos pertinentes. Se prohíbe la participación de mediadores en el proceso, así como la venta por parte de particulares.
De igual forma, también queda limitada a profesionales registrados al efecto en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. Las condiciones de la actividad, los tipos de criadores y la periodicidad de camadas se desarrollarán reglamentariamente.