El Tribunal Constitucional tumba las recusaciones de los magistrados

El Supremo lleva la amnistía al Constitucional con «la absoluta convicción» de que es discriminatoria

El Tribunal Supremo había anunciado hacía dos semanas que llevaría al Constitucional la ley de amnistía. Y así lo ha hecho. En una resolución muy crítica, asegura tener «la absoluta convicción» de que la ley de amnistía vulnera el derecho constitucional a la igualdad ante la ley y la separación de poderes, y que genera inseguridad jurídica.

La sala penal presidida por Manuel Marchena ha presentado este miércoles la cuestión de inconstitucionalidad, que hace referencia a los casos de dos hombres condenados por disturbios y atentado contra la autoridad durante unos incidentes en Girona en las protestas contra la sentencia del 1-O.

El escrito, de cincuenta páginas, argumenta que «no es posible identificar razón alguna por la que otros grupos o formaciones políticas, o incluso individuos aislados con capacidad para construir en poco tiempo una alternativa política mínimamente relevante, no puedan considerar también que, a partir de ahora, por cualquier infracción penal que cometan, incluso cuando se trate de delitos graves, con el objetivo de favorecer, promover o impulsar su opinión particular, ideología o cosmovisión, puedan aspirar a ser amnistiados en un futuro cercano, solo por que logren cierta representación electoral».

Y puntualiza:

«La aplicación de la ley penal sólo se hará efectiva de forma segura para los tontos. Y para los pobres».

El Supremo califica el proceso de golpe de estado

Así, el Supremo concluye que la ley discrimina en favor del «secesionismo», tal y como se refiere el texto al movimiento independentista, y califica de «golpistas» –un término que utiliza hasta nueve veces– a los protagonistas del Procés:

«Si resulta necesario ‘devolver la resolución del conflicto político al marco de la discusión política’ sólo se debe a que los golpistas intentaron imponer a los demócratas, a Catalunya y al resto de España, sus ideas propias y las consecuencias de éstas, ignorando el ordenamiento constitucional y sin ninguna apelación al diálogo, la negociación o los acuerdos democráticos».

El 10 de julio, el Constitucional dio diez días a las partes para pronunciarse sobre la presentación de la cuestión de inconstitucionalidad. En este sentido, el Supremo considera que los dos casos que se amnistían porque se enmarcan en el proceso independentista catalán constituyen una decisión legislativa arbitraria y llevan a un trato discriminatorio ante la ley.

Además, en el acto se advierte que la amnistía puede erosionar la separación de poderes porque, a diferencia del indulto, no está recogida explícitamente en la Constitución.