El Supremo condena a OKdiario a indemnizar a Pablo Iglesias por noticias falsas

El Supremo da la razón a Pablo Iglesias y condena a OKdiario por noticias falsas

La Sala Civil del Tribunal Supremo ha dado la razón a Pablo Iglesias en su demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor contra Eduardo Inda, director de OKdiario, y su editora, Dos Mil Palabras S.L., a raíz de varias noticias publicadas en mayo de 2016 sobre un supuesto pago del Gobierno de Venezuela a una cuenta de Iglesias en un paraíso fiscal, concretamente en Granadinas.

El Supremo considera que los artículos constituyeron una intromisión ilegítima en su honor, condenando solidariamente a Inda y a Dos Mil Palabras S.L. a pagar 18.000 euros al exlíder de Podemos. La resolución llega más de nueve años después de la difusión del bulo.

Reclamaciones y contexto de la demanda

Pablo Iglesias había demandado a Inda, al periodista Francisco Mercado (autor de las noticias) y a la editora, solicitando inicialmente 250.000 euros de indemnización, así como que se le reconocieran los beneficios publicitarios generados por la web y que se realizaran disculpas públicas tanto en Twitter como en el programa Al rojo vivo de La Sexta.

Los artículos de OKdiario afirmaban que “el gobierno de Maduro pagó 272.000 dólares a Pablo Iglesias en el paraíso fiscal de Granadinas en 2014”, describiendo el pago como si se tratara de asesorías para el desarrollo social del país y utilizando el pseudónimo “Santa María”, segundo apellido de la madre de Iglesias, para camuflar su identidad. Además, el digital publicó un supuesto documento bancario para dar apariencia de veracidad a la noticia.

Decisiones previas y fallo definitivo

El Juzgado de Primera Instancia 84 de Madrid desestimó la demanda y la Audiencia de Madrid confirmó la decisión, rechazando los recursos de apelación. Ahora, el Tribunal Supremo revoca estas decisiones, aunque no concede la solicitud de disculpas públicas.

El Supremo exonera a Francisco Mercado, al considerar que fue Eduardo Inda quien tergiversó el texto inicial, y subraya que la información “no fue veraz” al no basarse en datos contrastados ni fuentes fiables. La sentencia también destaca que los artículos se publicaron pocas semanas antes de las elecciones generales, afectando de manera significativa a la reputación de Iglesias y difundidos a través de un medio con alta presencia en Internet y redes sociales.