La Audiencia Nacional condena de nuevo al PP al pago de 204.000 euros

EL PP pide que se absuelva a Bárcenas por las obras de Génova y así librarse de la responsabilidad civil

El Partido Popular ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que solicita la absolución de su extesorero Luis Bárcenas por la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenaba a dos años de cárcel por las obras de la sede de la calle Génova, y así librarse de su responsabilidad civil subsidiaria.

Fue el pasado mes de octubre cuando la Audiencia Nacional condenó a Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en dinero negro más de un millón de euros de las obras de reforma de la sede, al tiempo que condenó al PP como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el Impuesto de Sociedades de 2007 de Unifica, el estudio de arquitectura que se encargó de la remodelación.

En un escrito, la defensa del PP introduce su primer motivo de casación explicando que el delito de participación en el fraude fiscal ajeno por el que se condenó a Bárcenas prescribió antes de que el Juzgado dirigiera el procedimiento contra él. La imputación del mismo, añaden, supuso «una especie de fraude de prescripción que desconoce las trascedentes funciones que desarrolla esta institución y los valores y principios constitucionales que la inspiran».

Y todo ello, señala, en tanto que la causa se abrió para Bárcenas en abril de 2014 cuando la prescripción se habría producido en julio de 2013. Además, añade el PP, la «fecha en la que la sentencia considera interrumpida la prescripción es la de un auto en el que se le acuerda recibirle declaración como imputado pero que no contiene ni una calificación siquiera aproximativa de los hechos por los que finalmente fue condenado».

El segundo motivo de casación se refiere al factor de que el fallo considere «que el hecho de que Bárcenas omitiera consignar regularmente una parte del pago a Unifica por las obras realizadas para el Partido Popular constituye una conducta de participación necesaria en el delito fiscal de esta sociedad, relativo al impago del Impuesto sobre sociedades del 2007».

«Sin embargo, no puede verse en este comportamiento la asociación, la connivencia con el autor propia de la participación. No hay una integración de esferas de organización orientada al fraude fiscal, sino el aprovechamiento solitario de una irregularidad previa», sostiene el recurso.

Y es que, siguiendo el relato de hechos, el entonces tesorero pagó parcialmente unas obras en oculto, en acto previo e irregular que tenía sus propias finalidades, como dar salida a dinero en B que él mismo gestionaba.

Por otro lado, el recurso aborda el tercer motivo casacional con una suposición sobre la forma en que Bárcenas habría ayudado a defraudar a Unifica en su impuesto de sociedades del ejercicio 2007 pagando parte de las obras de modo oculto.

«Lo habría hecho ayudándole a ocultar un beneficio que no puede en la lógica tributaria equivaler al supuesto importe pagado en B por el señor Bárcenas (380.520 euros) sino al que se deriva de restar al mismo los gastos que generaron las obras que, según el relato de hechos probados, fueron proporcionalmente de 93.950,38 euros», afirma el PP.

Por todos los motivos anteriormente expuestos el partido que lidera Alberto Núñez-Feijóo pide al Alto Tribunal que dicte otra sentencia en la que se declare prescrito o se absuelva a Bárcenas del delito de participación necesaria en el fraude fiscal de Unifica, con la necesaria consecuencia de la inexistencia de responsabilidad civil subsidiaria del Partido Popular derivada del mismo.