El Gobierno recurre el plazo de un mes para retirar los bienes del Pazo de Meirás

El Juzgado impide a los Franco sacar nada del Pazo de Meirás

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha impedido la retirada del Pazo de Meirás de los elementos que los Franco querían llevarse al considerar que son bienes inmuebles.

La sentencia indica que únicamente podrán retirar las alfombras del pasillo ya que se colocaron con un fin puramente funcional.

De este modo, el magistrado da la razón a la Administración General del Estado, a la Xunta y a los ayuntamientos de A Coruña y Sada.

En el auto, notificado este viernes y del que ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el juez determina que los bienes sobre los que existe discusión adquirieron la condición y naturaleza de inmuebles por incorporación, por destino o por ambos.

El juzgado ha concluido que todo lo que hay en el exterior sea considerado como bienes inmuebles por destino, pues fueron colocados allí con una voluntad de permanencia.

Además, subraya que, ya sean figuras o conjuntos pétreos (de santos y vírgenes, entre otras), se encuentran colocados a lo largo del jardín, con el fin de conseguir un todo armónico y artístico.

El juez añade que, a muchos de ellos, los caracteriza «su especial robustez y su elevado peso, con las dificultades que para su movilidad y para su traslado supondría, incluso dentro del propio pazo\». En el auto, indica que la envergadura y peso de este tipo de elementos pétreos hacen que, por su propio peso, se estabilicen, por lo que no requieren cimentación, lo que hace que el sistema de sujeción y la colocación de las piezas sea «la misma que la de un crucero».

En el auto el juez también ha estimado la segunda cuestión incidental planteada por el Estado, por lo que ha acordado la conservación del inventario efectuado el 11 de noviembre de 2020 por los técnicos de la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.