El Supremo para los desahucios con menos de 12 meses de impago

57 multas en Catalunya por no ofrecer alquiler social a familias vulnerables

La Generalitat ha impuesto 57 multas de 30.000 euros cada una, a grandes inmobiliarias por no ofrecer alquiler social a familias vulnerables antes de desahuciarlas, tal y como marca la ley.

Los 57 expedientes que ya se han resuelto con sanciones han sido por infracción grave y por importe de 30.000 euros cada uno, aunque la ley prevé que la sanción puede llegar hasta los 100.000 euros.

Se entiende como gran tenedor un propietario –ya sea una persona física o jurídica– que es titular de más de 10 viviendas o que tiene una superficie construida de más de 1.500 m².

Terrassa, la población con más sanciones

Las 57 sanciones son de grandes tenedores de toda Cataluña, salvo en Barcelona, ​​donde el Ayuntamiento ya ejerce directamente esta potestad.

La población con más sanciones es Terrassa (10), seguida de Hospitalet de Llobregat (6), Castelldefels (4) y Badalona (3).

La ley de Emergencia Habitacional obliga a los grandes tenedores de viviendas como bancos y fondos de inversión a ofrecer un alquiler social a aquellas familias que están en situación de vulnerabilidad antes de desahuciarlas.

Organizaciones del movimiento por la vivienda como la PAH o el Sindicat de Llogaters llevan meses denunciando que los grandes tenedores incumplen esta norma y han impulsado acciones reivindicativas, incluida una, en junio, ante la Agencia Catalana de Consumo.

La PAH ha valorado el anuncio de la Generalitat como un «primer paso positivo, pero faltan muchos más» para «proteger el derecho a la vivienda, como actuar para evitar los desahucios, multar, realojar y aumentar el parque de vivienda de emergencia y el público protegido», entre otros.