México despenaliza el aborto en un fallo judicial histórico

México despenaliza el aborto en un fallo judicial histórico

La Suprema Corte de México ha derogado una ley estatal del aborto, dictaminando que las sanciones penales por interrumpir embarazos son inconstitucionales, en una decisión que, según los defensores, proporciona un camino hacia la despenalización en todo el país.

En un fallo unánime de 10-0, el máximo tribunal ha ordenado al estado norteño de Coahuila eliminar las sanciones por aborto de su código penal, y varios jueces argumentaron que la prohibición de interrumpir voluntariamente un embarazo violaba los derechos de las mujeres a controlar sus propios cuerpos.

“No se trata del derecho al aborto”, dijo el juez Luis María Aguilar, quien redactó la opinión de la corte por derogar la ley de Coahuila. “Es más bien el derecho a decidir de mujeres y personas en capacidad de gestar para tomar decisiones”.

El fallo contrasta drásticamente con las acciones recientes en los Estados Unidos para restringir el acceso al aborto, sobre todo al otro lado de la frontera de Coahuila en Texas, donde la legislación, respaldada por la corte suprema de los Estados Unidos, prohíbe el aborto después de aproximadamente seis semanas de embarazo y permite a los ciudadanos realizar acciones legales. acciones contra mujeres que buscan interrumpir el embarazo.

Pero la decisión continúa una tendencia en América Latina hacia la despenalización, ya que las mujeres han estado exigiendo sus derechos en todo el continente sobre el aborto libre y contra la violencia de género.

México sigue a Argentina, donde los legisladores votaron en diciembre para despenalizar el aborto durante las primeras 14 semanas de embarazo.

El fallo del martes continúa una tendencia de la Corte Suprema de México a fallar a favor de las peticiones presentadas por mujeres que buscan abortos por razones de salud o por agresión sexual.

También hace retroceder una serie de intentos a nivel estatal durante los últimos doce años para restringir el aborto a través de enmiendas constitucionales.

“Esta es la primera vez que la corte llega al meollo del asunto” sobre las restricciones al aborto, dijo Rebeca Ramos, directora de GIRE, una organización de derechos reproductivos.

“En este caso específico, se trata de si la criminalización, considerando el aborto electivo en las primeras etapas del embarazo como un delito, es constitucional”, agregó. “Lo que se está resolviendo es que no es constitucional porque afecta a una serie de derechos humanos”.

Hasta ahora, solo cuatro estados mexicanos han despenalizado el aborto durante las primeras 12 semanas de embarazo, y tres estados han eliminado las restricciones en los últimos dos años.

La Ciudad de México despenalizó el aborto en 2007 y la Corte Suprema confirmó esa ley como constitucional

Pero Ramos dijo que la corte lo hizo con el argumento de que los estados podían establecer sus propias políticas de salud. Más de la mitad de los 32 estados de México aprobaron posteriormente enmiendas constitucionales que declaran que la vida comienza en la concepción.

Sin embargo, esas enmiendas no han impedido que la Corte Suprema se pronuncie a favor de un mayor acceso al aborto, y se espera que la corte se pronuncie a finales de esta semana sobre la constitucionalidad de una enmienda aprobada en el estado de Sinaloa.

“Según un Estado laico, la defensa y autonomía de la privacidad de las mujeres debe ser incondicional, de acuerdo con su plan de vida, y presumir que su decisión es racional, deliberada y autónoma”, dijo la jueza Norma Piña Hernández en sus argumentos.

En su argumento, Arturo Zaldívar, presidente de la corte, escribió: “La criminalización del aborto castiga a las mujeres más pobres, las más marginadas, las olvidadas y las más discriminadas del país. Es un delito que por su naturaleza castiga la pobreza”.

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