Cayetana Álvarez de Toledo irá a juicio el miércoles por llamar terrorista al padre de Pablo Iglesias

El TC desestima el recurso de Álvarez de Toledo sobre la expresión «hijo de terrorista» en Iglesias

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso presentado por la diputada del PP Cayetana Álvarez de Toledo contra la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de retirar del Diario de Sesiones la expresión «hijo de terrorista», con la que la entonces portavoz parlamentaria se refirió en 2020 al ex vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias.

La ponencia del magistrado César Tolosa, que abogaba por rechazar la impugnación dirigida contra la decisión de Batet el 27 de mayo de 2020 y contra el posterior acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 16 de junio de retirar las expresiones de Álvarez de Toledo, ha recibido el apoyo unánime del resto de la Sala.

El TC considera que no es manifiestamente arbitraria ni discriminatoria la decisión de la presidenta del Congreso de Diputados de retirar del Diario de Sesiones de la Cámara la expresión «es el hijo de terrorista» utilizada por la diputada del PP por considerarla contraria al decoro.

En la sentencia se razona que la libertad de palabra del representante cuando reglamentariamente le corresponda hacer uso de ella es un componente esencial de quienes han adquirido por sufragio popular la condición de representantes en una asamblea, pues es un «fin parlamentario superior (…) la institucionalización del debate político en clave de libertad y pluralismo» y forma parte del derecho amparado por la Constitución.