La Novia de Chucky 3. Ayuso on the road

Dos multas a Ayuso por infringir la ley electoral

El Tribunal Supremo ha confirmado las dos multas a Ayuso por un importe total de 960 euros impuestas por la Junta Electoral Central, por infracción del principio de neutralidad en la campaña electoral previa a las elecciones del 4 de mayo de 2021.

Así consta en las sentencias dictadas por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que cuentan con ponencias de los magistrados José Luis Requero y Pilar Teso, que desestiman los recursos de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso contra la resolución de la Junta Electoral Central, de 9 de diciembre de 2021.

De este modo, los magistrados confirman que las declaraciones que realizó en tres actos celebrados en abril de 2021 en las que resaltó logros de su gestión, supusieron una infracción de la exigencia de neutralidad política que la Ley impone a los poderes públicos en periodo electoral.

La Sala subraya que la neutralidad de las instituciones y poderes públicos es un principio básico (artículo 103.1 de la Constitución) que se acentúa con la exigencia de la neutralidad política en periodo electoral en los espacios públicos.

Los actos en los que se produjeron las declaraciones consideradas infractoras de la neutralidad tuvieron lugar en la Plaza de las Ventas, el 8 de abril, durante la presentación de un mural homenaje al torero Víctor Barrio; el 12 de abril en la presentación de un avión de Iberia; y el 16 de abril, en la visita a unas obras de conexión de Valdebebas con la terminal T-4 del aeropuerto madrileño de Barajas.