Multa millonaria a Idealista y 5 inmobiliarias más por pactar precios

Multa millonaria a Idealista y 5 inmobiliarias más por pactar precios

Multa de 1.250.000 euros a Idealista y otras cinco empresas inmobiliarias que llegaron a un acuerdo para fijar precios e intercambiar información.

La sanción más alta es para Idealista, que tendrá que pagar 730.000 euros. Las demás empresas multadas son Remax, Inmovilla, Look & Find, Witei y Anaconda.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) las sanciona porque a partir de una base de datos compartían la información y gestión de inmuebles captados en régimen de exclusividad. Pactaban el precio y, en caso de venta, se repartían la comisión.

La resolución llega casi dos años después de haber iniciado la investigación ante las sospechas de que se estaban llevando a cabo prácticas ilegales.

Aunque contra esta resolución no se puede interponer recurso alguno por vía administrativa, sí se puede interponer un recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

Todas las empresas podían vender los inmuebles que entraban en el sistema

Competencia explica que estas empresas utilizaban un sistema conocido como MLS (Multiple Listing System), que funciona mediante una base de datos que permite a las inmobiliarias usuarias compartir inmuebles captados en régimen de exclusiva compartida.

Cuando una inmobiliaria capta un inmueble puede incluirlo en el sistema, lo que permite al resto de usuarios realizar la venta. En este caso, la oficina captadora y la oficina vendedora comparten la comisión pactada por el servicio global de intermediación ofrecido.

El sistema lo promovieron en 2002 Remax y Look & Find, y Habitania (posteriormente adquirida por Idealista) se encargó del desarrollo tecnológico.

Las contrapartidas estaban pactadas

El sistema contaba con un reglamento obligatorio para las inmobiliarias que lo utilizaban: exigía aplicar la comisión mínima del 4% en las ventas y de un mes en los alquileres. También imponía un reparto de la comisión al 50% entre la oficina captadora del inmueble y la que cerrara la transacción.

El incumplimiento de las reglas podía acarrear sanciones disciplinarias e, incluso, la suspensión de la condición de asociado, con la consiguiente imposibilidad de acceder a la bolsa de inmuebles.

De este modo, las empresas consiguieron operar conjuntamente en un sector que, precisamente, se caracteriza por estar atomizado tanto en la oferta como en la demanda.

Además, excluyeron de las ventajas del sistema las entidades que no estaban dispuestas a aceptar las normas del reglamento, que eran contrarias a la competencia.

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