El TSJC condena al Consorcio del Barrio de la Mina a derribar el edificio Venus

El TSJC condena al Consorcio del Barrio de la Mina a derribar el edificio Venus

Después de diez años de ser aprobado, el TSJC ha condenado el Consorcio del Barrio de la Mina a ejecutar el Plan especial de reordenación y mejora del barrio, que prevé el derribo del edificio Venus y el realojo de las familias que ahí viven.

La sentencia, como reclamaban los vecinos, obliga también el consorcio a enviar el expediente al Jurado de Expropiación de Catalunya para que adopte una decisión respecto al precio justo de las viviendas.

A pesar de ser aprobado definitivamente en 2009, el consorcio no ejecutó el derribo por las desavenencias con los vecinos sobre la valoración hecha de las viviendas expropiadas y la imposibilidad de éstos de abonar los 40.000 euros que les exigían para acceder a los pisos nuevos.

El Consorcio del Barrio de la Mina está formado por los ayuntamientos de Sant Adrià de Besòs y Barcelona, la Generalitat y la Diputación de Barcelona.

El TSJC considera que han vulnerado los derechos de los vecinos del edificio Venus con su «patente inactividad» a la hora de ejecutar el Plan especial de reordenación y mejora del barrio de la Mina, que preveía una actuación integral en el barrio contra la exclusión y la marginalidad que aún estigmatizan el barrio.

Un derribo imprescindible

Una de las principales medidas acordadas en el contexto del plan era la expropiación de las viviendas del edificio Venus y el realojo de las familias.

El TSJC condena al Consorcio del Barrio de la Mina a derribar el edificio VenusLa negativa del consorcio a atender las alegaciones presentadas por los vecinos en relación con la tasación realizada del valor de sus viviendas y la imposibilidad de hacer frente a los pagos para acceder a los pisos construidos para acogerlos provocó la paralización administrativa de un derribo que los impulsores del proyecto señalaron como imprescindible para alcanzar el objetivo de poner fin a la degradación de la zona.

Ahora la sentencia obliga a remitir el expediente al Jurado de Expropiaciones de Catalunya para que sea este órgano competente para la tasación, el peritaje y la fijación del precio justo en los expedientes expropiatorios de las administraciones públicas de Catalunya lo que resuelva las cuestiones en disputa.

Para el alto tribunal catalán el procedimiento de expropiación «no puede quedar al arbitrio de la Administración y quedarse de forma indefinida en espera de un supuesto acuerdo con los afectados».

10 años de abandono

En los 10 años transcurridos desde la aprobación del proyecto, en el edificio Venus no se han hecho obras de mantenimiento, acondicionamiento o mejora, una circunstancia que, según ha denunciado el defensor del pueblo, ha obligado a sus vecinos a vivir en un escenario «insalubre y peligroso».

Mariona Torra, abogada de Colectivo Ronda responsable del recurso elevado por los vecinos del edificio Venus estimado por el TSJC, celebra una decisión que:

«Abre la puerta a la resolución de un conflicto que tiene como trasfondo la falta de verdadera voluntad para intervenir en un contexto urbano que se convierte en una verdadera condena para las personas obligadas a vivir y que, además, no deja de empeorar con el tiempo. El edificio Venus es un espacio impropio de la Europa desarrollada. Obligar a las familias a permanecer en esta situación es inhumano y vulnera el derecho a una vida digna».

El TSJC condena al Consorcio del Barrio de la Mina a derribar el edificio Venus