Eduardo Inda podría ser condenado hasta a dos años de prisión

Eduardo Inda podría ser condenado hasta a dos años de prisión

El delito de acoso está castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años a quien acose a menores de forma insistente y reiterada, incluida la vigilancia y persecución, según figura en el Código Penal (artículo 172 ter).

Ese es el delito al que la jueza de primera instancia e instrucción de Collado Villalba, Sara Rodríguez Huertas, asocia al director de OK Diario, Eduardo Inda, y a uno de sus redactores, Alejandro Entreambasaguas.

El supuesto delito, el acoso a los hijos de Pablo Iglesias e Irene Montero, vicepresidente segundo y ministra de Igualdad.

Los miembros del Gobierno denunciaron tras dar la voz de alarma uno de los escoltas que acompaña a Iglesias a llevar a sus hijos a la casa donde los cuidaban, al ser estos muy pequeños y no estar en edad escolar.

Llevaba días viendo merodear a una persona, que resultó ser Alejandro Entrambasaguas, el empleado de Eduardo Inda, como se demostró tras ser identificado por la Policía.

En un auto de 23 de diciembre, en el que se desestimaron las medidas cautelares solicitadas por los querellantes, la jueza relata «la personación en varias ocasiones de uno de los investigados en el domicilio de la cuidadora y su insistencia para con los vecinos de obtener información sobre la misma».

La cuidadora de los pequeños recibió más de 14 llamadas a su teléfono y varias visitas a su domicilio particular por parte de Entrambasaguas.

Según el auto, el propio entrambasaguas aseguró en su declaración judicial de diciembre que «el objetivo de su personación en cuatro ocasiones en el domicilio de la cuidadora era obtener información sobre un reportaje concreto, pero que ante la imposibilidad de acceder a la cuidadora y no poder conseguir la suficiente información para poder contrastarla con la obtenida a través de su fuente, ha decidido no continuar con el reportaje».

El domicilio de la cuidadora es el lugar donde Iglesias y Montero dejaban a diario a sus hijos a su cargo durante su jornada laboral.

La empleada en un primer momento restringió las salidas a los parques infantiles de las zonas comunes de la urbanización, por lo que quedó limitada su actividad diaria y la de los menores.

El 31 de diciembre de 2019 decidió resolver el contrato que mantenía con los querellantes para el cuidado de sus hijos ante la reiteración de los hechos.

Así lo detalla el Auto:

«Ello supuso una altercación evidente en la vida cotidiana de los querellantes y de sus hijos, viéndose obligados a elegir otra opción para el cuidado de sus hijos durante su jornada laboral».

Ahora, la magistrada ha dictado el auto de transformación en procedimiento abreviado de esta causa abierta con la querella interpuesta y da diez días a las partes para que se pronuncien sobre la apertura de juicio oral contra Inda, como representante legal de OKDiario, y Entreambasaguas.

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