Las empresas tendrán que pagar los gastos del teletrabajo

Las empresas tendrán que pagar los gastos del teletrabajo y pactar el horario con el empleado

Las empresas deberán pagar todos los gastos generados por el teletrabajo, pactar el horario con el empleado, y se deberá poner todo por escrito.

En caso de que no se haga, se considerará una falta grave por parte de la compañía, que puede enfrentarse a una sanción de hasta 6.250 euros.

Novedades del anteproyecto de ley del teletrabajo

El documento, de cuatro capítulos y que tiene 21 artículos, deja claro que «el desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado en su totalidad por la empresa», tanto en cuanto a los gastos directos como los indirectos relacionadas con «los equipos, herramientas y medios vinculados a su actividad laboral».

Estos gastos se podrán pagar a través de complementos específicos que se pueden incluir en el convenio colectivo o en un acuerdo entre la empresa y los trabajadores.

Según el anteproyecto, el empleado, además, tendrá derecho a un horario flexible que «podrá alterar» siempre que respete la normativa sobre el tiempo y el trabajo de descanso.

Habrá, sin embargo, una exención, que será el «tiempo de disponibilidad obligatoria» que fije la empresa.

«Por ejemplo, la compañía puede requerir cada día a las 12:00 horas para hacer una reunión».

Asimismo, el texto incluye otros aspectos, tales como que tendrán preferencia las personas con hijos menores de 12 años, que los empleados que trabajen desde casa tendrán los mismos derechos que los presenciales, que deberán tener un control horario o que el teletrabajo siempre será voluntario por parte del empleado.

Según recoge el anteproyecto, todas las condiciones del teletrabajo deberán ponerse obligatoriamente por escrito en un acuerdo que deberá incluir ocho puntos; si no, la empresa será sancionada.

Entre estos están el inventario de los medios para poder hacer el teletrabajo:

«Se deben incluir los consumibles, los elementos como muebles, así como la vida útil y su periodo máximo de renovación, y los mecanismos de compensación de estos gastos».

También se debe especificar el horario de trabajo y las «reglas de disponibilidad» que marque la empresa, cuál será la distribución entre trabajo presencial y el de distancia, el centro de trabajo de la empresa, el lugar habitual del teletrabajo, los medios de control que llevará a cabo la compañía sobre la actividad del empleado y la duración del acuerdo, ya sea indefinido o temporal.

«Lo que hace el anteproyecto es adaptar la normativa europea teniendo en cuenta las diferentes sentencias que se han dictado respecto al teletrabajo».

El texto también prevé todos los derechos con los que cuenta un trabajador presencial incluidos en diferentes normativas, tales como el descanso de 12 horas entre jornada y jornada o el derecho a desconexión laboral, entre otros.

Una vez elaborado el anteproyecto de ley, el texto deberá negociarse con sindicatos y la patronal antes de que pueda ser aprobado por el Consejo de Ministros.

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