Un tribunal frena la estrategia arancelaria de Trump
La estrategia arancelaria implementada por Donald Trump ha recibido un importante revés judicial. Este miércoles, un tribunal federal en Estados Unidos bloqueó la mayoría de los nuevos aranceles globales propuestos por el presidente.
La decisión fue emitida por el Tribunal de Comercio Internacional, con sede en Manhattan, que determinó que Trump sobrepasó los límites de su autoridad legal al tratar de aplicar impuestos a las importaciones de más de 100 países con superávit comercial frente a EE.UU., invocando la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA).
El tribunal calificó de «ilegales» las medidas adoptadas por Trump a comienzos de abril, conocidas como los aranceles del Día de la Liberación, que afectaban a productos procedentes de China, México y Canadá, con el argumento de frenar la entrada de fentanilo y reducir la migración. Desde la Casa Blanca ya se ha adelantado que recurrirán la sentencia, alegando que “no son los jueces no electos quienes deben decidir cómo afrontar una emergencia nacional”.
El sistema de aranceles, calificado de “inconstitucional”
El panel de tres jueces del tribunal dictaminó la suspensión inmediata de los aranceles: 30% para productos chinos, 25% para ciertos bienes de México y Canadá, y un 10% generalizado. Según el fallo, todo el sistema de aranceles implementado bajo la IEEPA y los aranceles del Día de la Liberación es “ilegal e inconstitucional” y queda vetado por una orden judicial permanente.
Esta resolución da respuesta a una demanda presentada por el Liberty Justice Center, una organización independiente que actuó en nombre de cinco empresas afectadas económicamente por los aranceles. Hasta el momento, se han registrado al menos siete demandas similares, además de una acción conjunta liderada por doce estados, encabezados por Oregón.
El fiscal general Dan Rayfield celebró la resolución destacando que «las leyes deben respetarse y las decisiones comerciales no pueden depender del capricho presidencial«.
El déficit comercial no equivale a una emergencia nacional
El tribunal fue claro al señalar que la Constitución estadounidense otorga al Congreso, no al presidente, la facultad exclusiva para regular el comercio internacional. Además, consideró que el déficit comercial, usado por Trump como justificación para declarar una emergencia nacional, no constituye una “amenaza inusual y extraordinaria” que amerite la aplicación de poderes de emergencia presidenciales.
La medida judicial invalida los aranceles recíprocos y globales anunciados en abril, algunos de los cuales llegaban al 50% sobre productos importados desde China, México y Canadá. Aunque Trump los presentó como necesarios para combatir el narcotráfico y reducir el desequilibrio comercial, el tribunal concluyó que la IEEPA no faculta al presidente para establecer gravámenes de forma unilateral. El fallo subraya la importancia de la separación de poderes y del papel del Congreso en este tipo de decisiones.
Impacto político y posibles consecuencias legales
La decisión marca el mayor revés judicial para Trump en lo que va de su segundo mandato y podría provocar que el caso llegue hasta el Tribunal Supremo. Cabe destacar que los aranceles existentes sobre sectores como acero, aluminio y automóviles no se ven afectados, ya que están respaldados por la Ley de Expansión Comercial.
La Casa Blanca reacciona y planea apelar
Desde la Casa Blanca se ha confirmado la intención de apelar el fallo, argumentando que los aranceles son necesarios ante lo que consideran una emergencia nacional provocada por los déficits comerciales. El portavoz presidencial, Kush Desai, declaró en CNN que «no corresponde a jueces no electos decidir cómo actuar ante una emergencia nacional«.
Desai afirmó que el presidente Trump se comprometió a poner a Estados Unidos primero, y que su administración utilizará todos los recursos del poder ejecutivo para afrontar esta crisis y restaurar la grandeza nacional.
El equipo legal ha citado como precedente el caso de Richard Nixon en 1971, alegando que solo el Congreso tiene la potestad de evaluar si la declaración presidencial cumple con los requisitos legales, no los tribunales.