El Supremo sanciona a Decathlon por prácticas antisindicales reiteradas
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a Decathlon España, que deberá abonar 30.000 euros en concepto de indemnización por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical de su plantilla. La resolución, ya firme, da la razón a la Federación de Servicios de CC OO y respalda íntegramente el fallo dictado previamente por la Audiencia Nacional en junio de 2024.
Multa adicional y costas judiciales
Además de la indemnización principal, la sentencia —fechada el 15 de enero— impone a la empresa una multa de 3.000 euros por temeridad procesal, así como el pago de 1.500 euros en costas judiciales, según ha informado el sindicato.
CC OO subraya que el alto tribunal confirma la existencia de un “comportamiento antisindical continuado, consciente y reiterado en el tiempo” por parte de la multinacional.
Negativa sistemática a la acción sindical
Tanto la Audiencia Nacional como el Supremo consideran acreditado que Decathlon incurrió en una negativa reiterada a facilitar información a los delegados sindicales, así como en la prohibición del uso del tablón de anuncios y de los medios telemáticos para que la sección sindical pudiera comunicarse con los trabajadores.
Los tribunales entienden que esta conducta evidencia mala fe, resulta claramente lesiva y vulnera de forma directa los derechos sindicales. Asimismo, la empresa fue condenada por impedir el uso de las horas sindicales y por negarse a compensar el tiempo empleado por los representantes legales de los trabajadores.
Conductas graves y nulidad radical
La Audiencia Nacional calificó estas actuaciones como infracciones graves, decretó la nulidad radical de dichas conductas y ordenó el cese inmediato del comportamiento antisindical.
Ante esta decisión, Decathlon presentó un recurso de casación ante el Supremo, que finalmente ha sido desestimado.
El Alto Tribunal justifica el rechazo del recurso por la entidad agravada de los incumplimientos empresariales, la pluralidad de infracciones cometidas y su reiteración en el tiempo, todo ello en relación con el ejercicio del derecho a la acción sindical.
Duras críticas del sindicato
Desde CC OO han denunciado que Decathlon “no es ejemplo de empresa socialmente responsable” y la acusan de actuar con “indisimulada impunidad”, precarizando las condiciones laborales y reprimiendo sin escrúpulos la representación sindical.
El sindicato también asegura que, durante el proceso judicial, la empresa ha intentado dilatar y entorpecer el procedimiento, sin reconocer en ningún momento sus vulneraciones de derechos fundamentales.
Precisamente por esta actitud, el Supremo mantiene la multa de 3.000 euros por temeridad procesal y mala fe. El tribunal reprocha a la empresa una defensa extensa, reiterativa y carente de lógica, centrada en aspectos irrelevantes que, según el fallo, “no hizo sino minar la paciencia del tribunal”.






































