El Constitucional avala la ley mordaza, incluidas las devoluciones en caliente
El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la ley de protección de la seguridad ciudadana, conocida como «ley mordaza», aprobada en 2015 con los únicos votos favorables del PP, entonces al frente del Gobierno, y el rechazo de toda la oposición.
Ahora bien, lo hace con una excepción: considera inconstitucional que se tenga que pedir permiso para el «uso no autorizado de imágenes o datos de autoridades o miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado», por considerarlo censura previa, que iría en contra del derecho a la información.
Esto conlleva que la policía no podrá requisar cámaras ni impedir grabaciones en la vía pública. Los ciudadanos pueden registrar actuaciones policiales sin autorización de los agentes, pero no las pueden publicar ni difundir.
La sentencia aún no se conoce en su totalidad, pero el alto tribunal ha avanzado los detalles en un comunicado en el que se revela que han sido rechazados casi todos los puntos del recurso de inconstitucionalidad presentado por varios partidos de la oposición de entonces.
Nota de prensa | El Pleno del TC avala la constitucionalidad de la Ley de protección de la seguridad ciudadana de 2015 salvo las grabaciones «no autorizadas» a la Policía https://t.co/Oy4HWpETia pic.twitter.com/56DXwF29G2
— Tribunal Constitucional de España (@TConstitucionE) November 19, 2020
Entre las partes de la ley avaladas están las devoluciones en caliente de migrantes en la frontera, las sanciones por infracciones graves a los disturbios ante las cámaras legislativas y los «registros corporales externos», que pueden implicar que el ciudadano tenga que desnudarse completamente.
También se acepta que se considere infracción grave el incumplimiento de las restricciones de circulación de personas o como infracción leve la ocupación de una vivienda o bien de la vía pública sin el permiso de las autoridades, un punto con el que se castiga la venta ambulante no autorizada.
Los magistrados del alto tribunal no lo han decidido por unanimidad, ya que los jueces María Luisa Balaguer y Cándido Conde Pumpido han votado en contra.
Aval a las devoluciones en caliente, con matices
En el caso de las devoluciones de personas que han entrado de forma irregular en España, la sentencia asume el dictamen del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que resolvió a favor del Estado en la denuncia de dos migrantes de Mali y Costa de Marfil expulsados a Marruecos después de haber entrado ilegalmente en Melilla en 2014.
Esto quiere decir que considera legales las devoluciones en caliente de cualquier migrante que intente acceder a España de forma irregular, al margen de si lo hace solo o acompañado o si se utiliza o no, la violencia.
Lo único que establece es que las devoluciones deben cumplir los tratados internacionales ratificados por España, se deben hacer de forma individual y con control judicial y con especial atención para las personas vulnerables, como menores, embarazadas o personas mayores.
Rodear el Congreso, infracción grave
El TC también considera ajustado a la Carta Magna que se calificaran como «infracción grave» las protestas rodeando el Congreso, como la que ocurrió durante la primera legislatura del gobierno de Rajoy.
Los recursos contra la ley mordaza cuestionaban que se pudieran considerar graves, aunque las cámaras legislativas no estuvieran reunidas.
El Constitucional, sin embargo, entiende que esta circunstancia no cambia la protección de las sedes y avala que pueda haber multas -de 601 a 30.000 euros- por perturbar la seguridad ciudadanía con reuniones o manifestaciones ante el Congreso, el Senado o los parlamentos autonómicos.
La derogación, parada
La sentencia resuelve, después de cinco años, los recursos que el PSOE, Izquierda Plural, UPyD, Chunta Aragonesista y dos diputados del Grupo Mixto presentaron contra la controvertida ley de seguridad ciudadana.
La norma ha recibido el visto bueno del Constitucional -salvo en el punto sobre la captación de imágenes de la policía- después de los intentos frustrados de emitir sentencia, con un tribunal dividido y un cambio de ponente, tras la renuncia del juez Fernando Valdés, investigado por presuntos malos tratos a su pareja. Quién lo ha asumido, finalmente, ha sido el propio presidente del TC, Juan José González Rivas.
Ahora falta ver qué pasa en el Congreso con la proposición de ley impulsada por el PNV para reformar la ley.
El Constitucional avala la ley mordaza, incluidas las devoluciones en caliente