El Gobierno restringe el crédito al consumo a entidades supervisadas por el Banco de España
El Gobierno ha aprobado un anteproyecto de ley para regular el crédito al consumo que introduce una reserva de actividad para entidades autorizadas y supervisadas por el Banco de España. El objetivo de la reforma es reforzar la protección del consumidor y poner coto a prácticas que favorecen el sobreendeudamiento.
Fin a la financiación con coste fuera del sistema financiero
Uno de los aspectos más novedosos de la norma es la restricción de los agentes económicos que pueden conceder créditos al consumo. La nueva regulación pone fin a la posibilidad de que concesionarios de automóviles, grandes almacenes de muebles o electrodomésticos cobren por financiar la compra de sus productos o servicios.
“Para garantizar la protección del consumidor vamos a cubrir uno de los huecos de la normativa actual: creamos una reserva de actividad para que solo puedan conceder créditos al consumo entidades autorizadas por el Banco de España”, explicó el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, tras el Consejo de Ministros.
De este modo, concesionarios y grandes superficies solo podrán ofrecer financiación al 0% de interés. En caso contrario, deberán colaborar con financieras especializadas debidamente autorizadas. Los contratos de crédito concedidos por operadores no habilitados serán nulos.
Nuevas figuras reguladas y mayor control del endeudamiento
Con el fin de aumentar la competencia y profesionalizar el sector, el anteproyecto crea dos nuevas figuras autorizadas para operar junto a las entidades financieras tradicionales: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (Efcal) y los prestamistas de alto coste autorizados, todos ellos bajo la supervisión del Banco de España.
Además, para reforzar la evaluación de solvencia y prevenir el sobreendeudamiento, se establece la consulta obligatoria al historial crediticio del cliente antes de conceder cualquier préstamo.
Topes al interés para frenar la usura
Otro de los pilares de la reforma es la limitación del coste del crédito al consumo. El Gobierno busca intervenir el mercado para atajar las prácticas abusivas asociadas a microcréditos, tarjetas revolving y préstamos rápidos de plataformas digitales.
Según explicó Carlos Cuerpo, aunque la situación financiera de los hogares es en general saneada, se ha producido una aceleración del crédito al consumo, con un aumento interanual del 10% en noviembre de 2025, hasta alcanzar los 114.000 millones de euros, lo que supone el 15% del total de los préstamos y un nivel en máximos históricos.
Un interés máximo del 22% en los créditos más pequeños
La norma fija límites a la Tasa Anual Equivalente (TAE) a partir del tipo medio del crédito al consumo, actualmente cercano al 7%, al que se añaden márgenes según el importe:
- Hasta 1.500 euros: margen máximo de 15 puntos, con un interés final del 22%.
- Entre 1.500 y 6.000 euros: margen de 10 puntos, hasta el 17%.
- Importes superiores con vencimiento hasta 8 años: margen de 8 puntos, hasta el 15%.
- Créditos de mayor cuantía: margen del 6%, con un interés máximo del 13%.
El Banco de España será el encargado de actualizar estos límites cada trimestre. Hasta la entrada en vigor del Real Decreto que desarrolle estos tramos, el anteproyecto establece un límite transitorio del 22%, aplicable tanto a nuevas operaciones como a la liquidación de las tarjetas revolving en vigor.
Audiencia pública y adaptación a la normativa europea
El paquete normativo se completa con un Real Decreto de desarrollo que transpone las últimas directivas europeas sobre crédito al consumo y servicios financieros a distancia. Ambos textos se someterán a audiencia pública hasta el 30 de enero, para que los agentes interesados puedan presentar alegaciones.


































