La justicia ordena a la Comunidad de Madrid iniciar el registro de objetores del aborto
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado a la Comunidad de Madrid iniciar “de inmediato” los trámites necesarios para crear el Registro de Personas Objetoras de Conciencia para las Interrupciones Voluntarias del Embarazo (IVE).
La decisión responde a la solicitud presentada por el Ministerio de Sanidad de España, que denunció la negativa del Ejecutivo regional a poner en marcha este mecanismo previsto por la legislación vigente.
Aunque el tribunal no exige que el registro esté operativo de forma inmediata, sí obliga a la administración autonómica a comenzar el proceso administrativo para su elaboración y aprobación, siguiendo el protocolo acordado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Un conflicto entre el Gobierno central y la Comunidad de Madrid
El recurso fue presentado por el ministerio dirigido por Mónica García, que acusó al gobierno regional presidido por Isabel Díaz Ayuso de incumplir el artículo 19 de la Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, reformada en 2023.
Esta normativa establece que todas las comunidades autónomas deben disponer de un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia, con el objetivo de garantizar el acceso al aborto en el sistema sanitario público.
El tribunal advierte de un impacto en el interés público
En su resolución, los magistrados consideran que la ausencia del registro implica una “clara afectación del interés público”, ya que podría dificultar que las mujeres ejerzan su derecho legal a la interrupción voluntaria del embarazo.
El tribunal también rechaza el argumento del gobierno regional, que defendía que el sistema actual ya funciona con normalidad y que en 2024 se realizaron más de 18.000 abortos en Madrid.
Según el Ejecutivo autonómico, los propios hospitales gestionan las solicitudes y programan las intervenciones cuando existe personal sanitario dispuesto a realizarlas. En los casos en que no hay profesionales disponibles, las pacientes son derivadas a clínicas autorizadas a través de la Unidad IVE.
El registro busca evitar retrasos en la atención
Los jueces subrayan que precisamente la finalidad del registro es evitar situaciones en las que todos los profesionales de un centro puedan declararse objetores, lo que podría provocar retrasos en la prestación del servicio.
El tribunal advierte que esta circunstancia podría generar perjuicios físicos o psicológicos para las mujeres gestantes, motivo por el que la ley exige que exista una planificación clara del personal disponible.
Además, la resolución señala que el Estado no reclama una obligación imprecisa, sino el cumplimiento de un mandato legal claro y específico, y considera evidente la inactividad de la Comunidad de Madrid, que incluso durante el proceso judicial se ha mostrado contraria a la creación del registro.






































